CARTA DE SERVICIOS DE LA SECRETARÍA GENERAL
1. INTRODUCCIÓN
Secretaría General tiene atribuidas las funciones comprensivas de la fe pública y el asesoramiento legal preceptivo a los órganos de gobierno de la entidad local. En cumplimiento de estas atribuciones se confeccionan las actas de órganos colegiados y se expiden certificados de la adopción de acuerdos o resoluciones. Le corresponde también en el Ayuntamiento de Mislata la jefatura de servicio en las materias de estadística y padrón de habitantes, Registro de parejas de hecho y ceremonias civiles, archivo general y otros servicios generales.
2. SERVICIOS QUE SE PRESTAN
• ESTADÍSTICA Y PADRÓN
Altas en el padrón de habitantes
Cambios de domicilio
Modificación de datos del padrón
Renovación de residencia de extranjeros
Bajas en el padrón
Expedición de certificados ordinarios
Expedición de certificados históricos
Diligencias de comparecencia para cobro de pensiones
• REGISTRO DE ASOCIACIONES
Alta de asociaciones
Actualización de datos de la asociación
Bajas de asociaciones
Certificados de inscripción
• REGISTRO DE PAREJAS DE HECHO
Solicitud de inscripción
Cancelación de inscripción
Expedición de certificados
• ASUNTOS GENERALES
Expedición de certificados de resoluciones y acuerdos
Información y copias de documentos
Publicación de edictos
• MATRIMONIOS Y OTRAS CELEBRACIONES CIVILES
Celebración de matrimonios civiles
Cesión de locales y colaboración en ceremonias de acogida ciudadana y funerales (modelo)
3. NORMATIVA REGULADORA
• Constitución Española, de 27 de diciembre de 1978
• Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
• Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local
• Ley 8/2010, de 23 de junio, de Régimen Local de la Comunidad Valenciana
• Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local
• Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales
• Real Decreto 11/1974, de Régimen Jurídico de los funcionarios con habilitación de carácter nacional.
• Real Decreto 1690/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de población y demarcación de las Entidades locales
• Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades locales
• Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General
4. COMPROMISOS DE CALIDAD
• Cumplimiento de la legalidad
• Resolución de procedimientos en el plazo establecido
5. FORMAS DE PRESENTACIÓN DE QUEJAS Y RECLAMACIONES
• Por escrito, a través del Registro del Ayuntamiento (OAC)
• Por internet, a través del "Correo ciudadano" de mislata.es
6. ACCESIBILIDAD, HORARIO Y UBICACIÓN
Horario de atención al ciudadano (después de ser atendidos en la OAC) de 8:00 a 14:00 horas
Plaza de la Constitución, 8, 46920 Mislata (Valencia)
963991101 (General) – 963991165 (Padrón)
Luis Ramia de Cap Salvatella (Secretario General)
secretaria@mislata.es