1. El objeto del procedimiento
El objeto de la actividad es el apoyo tanto al sector de la hostelería dentro de su ámbito territorial, como al sector comercial y otros servicios existentes en el municipio, dando a conocer sus productos y servicios, promoviendo la competitividad y la mejora de distintos sectores.
2. Documentación que hay que aportar
En el caso de que la documentación a presentar ya obre en poder del Ayuntamiento, se indicará tal circunstancia citando el registro de entrada del día de su aportación al Ayuntamiento y no será necesaria adjuntarla, en aplicación de lo señalado en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En este caso se indicará el expediente donde se presentó dicha documentación, teniendo en cuenta que las certificaciones electrónicas tienen una validez de seis meses.
Toda la documentación presentada ha de estar actualizada.
Empresa individual, (autónomas/os)
- Certificado de Situación Censal con indicación de la actividad económica realizada, fecha de alta, domicilio fiscal y domicilio donde se desarrolla la actividad.
- Logotipo actualizado del establecimiento en soporte digital, archivo jpg o pdf, en caso de disponer de él.
- Ficha técnica de la Tapa o del regalo donado.
En caso de no autorizar al Ayuntamiento de Mislata para la consulta, además:
- Informe de vida laboral.
- Certificado de estar al corriente de pagos con la Seguridad Social, Agencia Estatal Tributaria y Ayuntamiento de Mislata.
Personalidad jurídica (COOP., SL, SA) u otras entidades sin personalidad jurídica (CB, SC…).
- Certificado de Situación Censal de la persona jurídica, sociedad civil, comunidad de bienes u otras entidades económicas sin personalidad jurídica con indicación de la actividad económica realizada, fecha de alta, domicilio fiscal y domicilio donde se desarrolla la actividad.
- Escritura de constitución y los estatutos de la persona jurídica actualizados, inscritos en el correspondiente Registro, en donde conste la identificación de la persona que presente la solicitud en nombre de la entidad, en su caso.
- Logotipo actualizado del establecimiento en soporte digital, archivo jpg o pdf, en caso de disponer de él.
- Ficha técnica de la Tapa o del regalo donado.
En caso de no autorizar al Ayuntamiento de Mislata para la consulta, además:
- Certificado de estar al corriente de pagos con la Seguridad Social, en caso de no autorizar al ayuntamiento de Mislata la consulta.
- Certificado de estar al corriente de pagos con la Agencia Estatal Tributaria, en caso de no autorizar al ayuntamiento de Mislata la consulta.
3. Tasas o precios públicos
No procede
4. Formas de pago
No procede
5. Normativa
- Las Bases de ejecución del Presupuesto Municipal para el ejercicio 2022.
- La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- La Ley 8/2010, de 23 de junio, de Régimen Local de la Comunidad Valenciana.
- Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la información pública y Buen gobierno.
- Bases Reguladoras.
- Cualquier otra disposición normativa que por su naturaleza pudiera resultar de aplicación
6. Resolución
- Órgano que resuelve: Alcaldía.
- Termino para resolver: El plazo máximo para resolver y notificar las resoluciones será de 30 días hábiles, desde el término del plazo de subsanación de solicitudes.
7. Silencio administrativo
Silencio administrativo negativo.
8. Forma de presentación
- Presencial: No
- Online: Se podrá presentar en el trámite correspondiente de la sede electrónica municipal https://mislata.sedipualba.es, y se deberá disponer de firma electrónica. En caso contrario, deberá acudirse a la representación a través de persona que sí disponga de ella, acreditando dicha representación cumplimentando el correspondiente impreso.