1. Objeto del procedimiento
La presente convocatoria tiene por objeto regular, en régimen de concurrencia competitiva, el proceso de concesión de los “XVII Premios del Certamen de relato corto con perspectiva de género. Mislata por la igualdad”, 2024”, en las modalidades de valenciano, castellano y autora local, con el objeto de crear las condiciones para que se produzca una efectiva igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, reivindicando un futuro más justo y la prevención de la violencia de género.
2. Documentación a presentar y características de las obras
Las autoras que participen en este certamen deberán aportar la documentación requerida en la base sexta de la convocatoria. No se admitirá ningún trabajo o solicitud que no sea presentado por cualquiera de los medios reseñados.
Cada autora podrá presentar una única obra al certamen y no se admitirán trabajos colectivos.
Documentación a presentar:
- Presentación telemática se deberá rellenar el formulario online disponible en la oficina virtual de la página web del Ayuntamiento de Mislata y el relato en formato pdf, donde conste, en la primera página, el título del trabajo, el lema o pseudónimo de la autora, si lo tuviese, la modalidad (valenciano o castellano) o mención local a la que opta. En dicho texto no deberá constar ningún dato personal de la autora.
- Presentación por registro de entrada del Ayuntamiento de Mislata se deberá presentar: el formulario de la solicitud que estará dispone en la página web: www.mislata.es debidamente cumplimentado y firmado y una copia del relato con las indicaciones reseñadas anteriormente.
- Si se opta por la presentación por cualquiera de los medios previstos en el art. 16.4 de la ley 39/2015 de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Si se opta por la presentación en oficina de correo (correo administrativo) se cumplimentará debidamente y se firmará la solicitud de participación (que se publicará en el BOP de Valencia y estará accesible en la web del Ayuntamiento de Mislata), se adjuntará el relato en formato pdf y la fotocopia del DNI o documento identificativo equivalente.
En caso de optar, por la remisión por las oficinas de correos (correo administrativo) deberá enviarse a la siguiente dirección:
Casa de la Dona de Mislata
C/ Miguel Hernández, 5. 46920 - Mislata (Valencia)
“XVII Premios del Certamen de relatos cortos con perspectiva de género. Mislata por la igualdad, 2024”
Se considerará motivo de inadmisión si se presentará el relato con algún dato personal de la autora. En el relato deberá constar exclusivamente el título y/o seudónimo.
Características de las obras
Las obras presentadas deberán ser anónimas, originales e inéditas y estarán estructuradas en relatos breves de temática relacionada con la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, donde se valorarán la defensa de valores no discriminatorios, ni sexistas, la ruptura de estereotipos y roles y/o denuncia explícita contra la violencia machista, siempre desde el respeto y sin incluir ninguna actitud degradante para las personas. Se valorará, en todo momento, un uso inclusivo del lenguaje.
Los relatos estarán estructurados, con calidad literaria, línea clara y podrán estar escritas en castellano o valenciano. Los trabajos que se presenten al certamen deberán tener una extensión mínima de 5 folios y máxima de 12, con un interlineado sencillo y el margen normal o moderado, fuente arial o similar y tamaño letra 11 y deberán ir debidamente numeradas y presentarse en formato pdf para la presentación electrónica y en papel si se opta a la presentación por correo administrativo.
El Ayuntamiento se reservará la facultad de adoptar las medidas que considere oportunas para garantizar la autenticidad de los trabajos presentados.
3. Plazo de presentación de las solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de este extracto de la convocatoria y finalizará el 31 de octubre de 2024, siempre que se haya publicado el extracto de la convocatoria en el BOP.
4. Tasas o precios públicos: 0
5. Cuantía y forma de pago
La dotación presupuestaria adscrita a estos premios asciende a 4.500 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 3272.48100: “Mujer/Premios y becas” del Presupuesto Municipal del año 2024. El pago se realizará por transferencia bancaria.
Se concederán tres premios:
- Modalidad castellana: Premio de 1.500 euros.
- Modalidad valenciana: Premio de 1.500 euros.
- Mención local: Premio de 1.500 euros.
El pago se realizará mediante transferencia bancaria.
Los premios estarán sujetos a la retención legal correspondiente de acuerdo con la legislación fiscal vigente.
6. Beneficiarias
Podrán concurrir a este certamen todas aquellas autoras mayores de 18 años debidamente identificadas con DNI, NIF, o cualquier otra documentación oficial donde se acredite la identidad de género, siempre que sus trabajos estén redactados en cualquiera de las dos lenguas oficiales de la Comunidad Valenciana: valenciano y/o castellano, sin importar su nacionalidad o lugar de residencia.
Las mujeres de Mislata podrán, además optar a la mención por ser autora local, obligatoriamente lo tendrán que indicar en la solicitud con la que presenten su obra.
Quedan excluidas de la convocatoria aquellas autoras, cuyas obras hayan sido premiadas, en cualquiera de las modalidades, en las cinco últimas ediciones anteriores, de este certamen o hayan sido premiadas en otro concurso por esta misma obra o estén pendientes de veredicto.
7. Bases reguladoras
Resoluciones de Alcaldía nº 3470 y 3616, de 16 y 25 de septiembre de 2024.
https://www.mislata.es/es/administracion/subvenciones/convocatorias-de-subvenciones-en-tramitacion/xvii-premios-del-certamen-de-relato-corto-con-perspectiva-de-genero-mislata-por-la-igualdad-2024
8. Normativa
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Ley General de subvenciones, ley 38/2003, de 17 de noviembre.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el reglamento de la LGS.
- Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Mislata, aprobada por acuerdo plenario del Ayuntamiento de Mislata, en sesión de 26 de mayo de 2016.
- Plan Estratégico de Subvenciones 2022-2024, aprobado por la Junta de Gobierno Local, en sesión de fecha 21 de agosto de 2024 la actualización para el ejercicio 2024.
- Convocatoria pública para la concesión de los “XVII Premios del Certamen de relato corto con perspectiva de género, 2024”.
- RD 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno de las entidades del Sector Público Local.
9. El Jurado
El jurado se reunirá en la Casa de la Dona y realizará la correspondiente valoración, según los criterios dispuestos en la cláusula 11.3 de la convocatoria, con una puntuación máxima de 21 puntos y deliberación según los siguientes criterios:
- a) Fomento de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres (1 a 3 puntos)
- b) Rechazo explícito a cualquier manifestación de la violencia de género. (1 a 3 puntos)
- c) Ruptura de roles y estereotipos de género y la defensa de valores no discriminatorios, ni sexistas (1 a 3 puntos)
- d) Reflexión sobre la situación histórica o vivencial de las mujeres a fin de enriquecer los actuales planteamientos feministas (1 a 3 puntos)
- e) Utilización lenguaje no sexista e inclusivo en el relato (1 a 3 puntos)
- f) Estilo de relato, sintaxis y correcta ortografía (1 a 3 puntos)
- g) Planteamiento, nudo y desenlace (1 a 3 puntos).
Una vez realizada la valoración se elevará al órgano competente que resolverá el procedimiento. La resolución será inapelable.
Vista la propuesta motivada de resolución formulada por la comisión de valoración corresponde a la alcaldía dictar la resolución para otorgar los premios.
Cualquiera de los premios establecidos podrá quedar desierto, en el caso de considerar que ninguna de las obras presentadas a esa categoría reúne méritos para ser premiadas.
10. Silencio administrativo
Artículo 25.5 de la LGS “El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legitima a las personas interesadas para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de los premios”.