1. Descripción
Solicitud de uso de productos pirotécnicos que no constituyen espectáculo pirotécnico con motivo de celebraciones privadas (bodas, bautizos, comuniones) en las vías públicas de la población.
2. Quién puede solicitarlo
Persona física que realice el uso delos productos pirotécnicos, en suelo público o privado, que asume ante la Administración y el resto de ciudadanos la responsabilidad de su uso.
3. Requisitos
- Los artificios cuya autorización se permite en el acto solicitado se encuadran en las categorías F1, F2 y F3, del Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre.
- Los productos de la clase F3 sólo pueden ser manejados por mayores de 18 años.
- Se seguirán en todo momento las instrucciones de seguridad y uso del fabricante del producto.
- Cuando se usen en vías o recintos se tendrá en cuenta lo establecido en los bandos y ordenanzas municipales en cuanto a horarios, zonas permitidas y demás condiciones que impongan”
- Cuando se vaya a proceder al encendido del artificio pirotécnico se practicará de tal forma que no haya peatones en las inmediaciones y ningún vehículo estacionado o en circulación, papelera, contenedor o cualquier otro elemento susceptible de sufrir desperfectos o de incendiarse.
4. Cuándo comunicarlo
Al menos 3 días de antelación al uso de los productos.
5. Documentación que hay que aportar
- Documentación identificativa en caso de realizarlo de manera presencial. O documento de representación en su caso.
6. Normativa
- Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería.
- Instrucción de Alcaldía sobre la tramitación de solicitudes de espectáculos pirotécnicos y manifestaciones festivas de 20 de enero de 2016.
- Ordenanza Reguladora de ocupación de las vías públicas del Ayuntamiento de Mislata.
- Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por ocupación de las vías públicas del Ayuntamiento de Mislata.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
7. Resolución
Tendrá efecto estimatorio el vencimiento del plazo sin haber notificado resolución expresa. Artículo 24.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
8. Forma de presentación
En línea: Se deberá presentar en el trámite correspondiente en la sede electrónica municipal https://mislata.sedipualba.es intermediando el uso de certificado digital.