1. Objeto del procedimiento
Instancia por la que se solicita la inicicación de un expediente para la baja en la concesión de un vado en vía pública.
2. Documentación que hay que aportar
- La placa de vado. Si se ha hecho la solicitud online, se puede hacer efectiva la devolución en la ventanilla de información del ayuntamiento. aportando DNI y número de anotación registral de la solicitud de baja.
3. Normativa
4. Resolución y silencio administrativo
- Órgano que resuelve: Alcaldía
- Plazo para resolver: tres meses
- Silencio administrativo: Positivo. Se considera estimado si pasa el plazo anterior sin que se haya notificado la resolución a la persona solicitante.
5. Forma de presentación
Electrónica
En cumplimiento del que se prevé en el artículo 12 del Decreto 220/2014, de 12 de diciembre, del Consejo, por el cual se aprueba el Reglamento de Administración Electrónica de la Comunidad Valenciana, las solicitudes se tendrán que presentar por vía telemática, mediante la firma electrónica propia de la entidad solicitante o de la persona que la represento. La solicitud telemática estará accesible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Mislata.
Presencial
El/la ciudadano/a podrá presentar su solicitud en las oficinas de registro del Ayuntamiento o cualquier otra de las previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, pidiendo siempre cita previa.