Resolución de la concesión de subvenciones
Podrán optar a estas subvenciones las asociaciones de mujeres si la sede social de las cuales y ámbito de actuación tiene lugar en Mislata. Todas ellas tendrán que estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro General de Asociaciones del Ayuntamiento de Mislata y en el Registro de Asociaciones de la Generalitat Valenciana, además tampoco se tiene que estar incurso en ninguno de las prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, salvo que por la naturaleza de la subvención se exceptúe por su normativa reguladora, y se tiene que estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y si procede, del pago de obligaciones de reintegro de subvenciones.
Cada asociación que concurra a esta convocatoria tendrá que presentar la solicitud telemáticamente en la sede electrónica del Ayuntamiento de Mislata.
La solicitud de subvención se cumplimentará por la persona que ostente la presidencia o representación legal de la entidad, firmada electrónicamente y dirigida al alcalde del Ayuntamiento de Mislata.
La presentación de la solicitud de subvención conllevará la autorización de la entidad solicitante para que el Ayuntamiento de Mislata obtenga de forma directa la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, a través de certificados telemáticos.
No obstante, la entidad solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces los certificados de estar al corriente con las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social en caso de ser beneficiaria de alguna subvención.
Se comprobará de oficio por el Departamento de Políticas de Igualdad del Ayuntamiento de Mislata con la emisión de los correspondientes certificados:
a) La inscripción de la asociación de mujeres que solicita subvención en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Mislata.
b) La acreditación de estar al corriente de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Mislata, mediante el correspondiente certificado de la tesorería municipal.
Información del procedimiento: Oficina Virtual.
Tramitación telemática: Sede Electrónica del Ayuntamiento de Mislata.
El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días naturales desde el 29 de junio al 13 de julio de 2021.
Más información y requisitos en la documentación de la convocatoria.