Resolución 3902/2020 resolución de reclamaciones BLOQUE V
Es objeto de las siguientes bases la regulación de la concesión de ayudas para sufragar gastos de adquisición de material escolar no curricular para el alumnado residente en Mislata que curse Educación Secundaria Obligatoria (ESO) en centros docentes sostenidos con fondos públicos durante el curso 2020/2021.
La concesión de estas ayudas tiene el carácter de concurrencia competitiva.
Adhesión de comercios:
Los comercios del municipio de Mislata, dedicados a la venta de material escolar no curricular (papelerías), interesados en participar en el presente programa deberá reunir los requisitos establecidos en la base novena de las bases y presentar su solicitud de forma telemática, en la sede electrónica del Ayuntamiento de Mislata:
Información del procedimiento: Oficina Virtual.
Tramitación telemática: Sede Electrónica del Ayuntamiento de Mislata.
Plazo de presentación de solicitudes: del 22 de julio al 4 de agosto de 2020.
Solicitudes del alumnado:
Las solicitudes de ayudas, se cursarán por los padres/madres o representantes legales de los menores beneficiarios o por el alumno o a la alumna en el caso de que sea mayor de edad, se presentarán por vía telemática, mediante firma electrónica del solicitante o de la persona que la represente, con carácter preferente. La solicitud telemática estará accesible en la sede electrónica y en la oficina virtual del Ayuntamiento de Mislata.
Información del procedimiento: Oficina Virtual.
Tramitación telemática: Sede Electrónica del Ayuntamiento de Mislata.
Plazo de presentación de solicitudes: del 28 de julio al 13 de septiembre de 2020.
IMPORTANTE: Todas las tarjetas tendrán una validez hasta el 31 de enero de 2021, transcurrido este plazo sin utilizar por el/la beneficiario/a se entenderá que renuncia a la ayuda concedida.
Más información en las bases y documentación de la convocatoria.