Plazo de presentación de solicitudes: 15 días hábiles, desde el 1 de marzo al 22 de marzo de 2018 (ambos incluidos).
Podrán ser beneficiarios de las ayudas económicas que se establecen en las siguientes bases las entidades deportivas de Mislata (EDM) inscritas en el registro de Asociaciones de Mislata, mínimo un año de antigüedad y que hayan realizado durante los 3 últimos años la modalidad deportiva que se va a subvencionar.
Para poder ser beneficiario de las ayudas mencionadas, las entidades deportivas de Mislata solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Estar legalmente constituidas.
b) Estar inscritas en el Registro Municipal de Entidades Deportivas.
c) Tener su domicilio social y realizar la actividad deportiva escolar en el término municipal de MISLATA.
d) No estar incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición para ser beneficiario recogida en el artículo 13 de la citada LGS.
e) Haber procedido a la correcta justificación de las ayudas concedidas con anterioridad por el Ayuntamiento de Mislata, siempre que hubiese transcurrido el plazo fijado a este fin.
f) Acreditar que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en la forma determinada reglamentariamente.
g) No tener fines lucrativos.
Independientemente del ámbito de sus fines y competencias, las asociaciones locales no podrán percibir ninguna otra ayuda o subvención del Ayuntamiento de Mislata para el desarrollo de las actividades o programas propuestos, que aquella concedida por el departamento municipal responsable de la coordinación de las actividades que generen.