El Ayuntamiento de Mislata designa los miembros de las mesas de contratación para cada licitación a través del pliego de cláusulas administrativas, que recoge la composición de la mesa de contratación, y que es objeto de publicación en la Plataforma de Contratación del sector Público, que sirve de perfil del contratante del órgano de contratación.
Los criterios que se vienen empleando para determinar en los pliegos la composición de la mesa en cada licitación son los siguientes:
- Como miembros necesarios deben figurar el presidente de la Mesa y el secretario, y además como vocales necesarios el secretario y el interventor de la corporación, en todos los casos con sus respectivos suplentes.
- Como vocales titulares con sus respectivos suplentes figuran: un miembro electo en representación de Grupo PSOE; otro miembro electo por rotación entre los diferentes grupos municipales (PSOE, PP, COMPROMÍS y CIUDADANOS); dos técnicos municipales adscritos a la unidad proponente de la contratación; y el Jefe del Servicio y el Jefe de Negociado de Contratación (el primero actúa como secretario titular de la Mesa, en cuyo cargo tiene como suplente al jefe de Sección Administrativa de Políticas para las Personas).
De acuerdo con ello, el número total de personas que componen la mesa es de 9, y de este número 3 son miembros electos (el presidente de la Mesa y dos vocales), con lo cual éstos no suponen más de un tercio del total de miembros de la mesa (D.A. 2ª de la LCSP de 2017).
El Ayuntamiento de Mislata no ha constituido mesas de contratación con carácter permanente para la asistencia de los órganos de contratación “Alcaldía del Ayuntamiento de Mislata” y “Pleno del Ayuntamiento de Mislata”. La constitución de estas mesas de contratación con carácter permanente no tiene carácter obligatorio de acuerdo con la LCSP de 2017.