1. El objeto del procedimiento:
Expedir y obtener licencia o autorización de ocupación de la vía pública, sin corte de calle, para el emplazamiento de los siguientes elementos:
- Andamios/caballetes de hasta 2.00 mts de plataforma de trabajo, para actuaciones en fachada de planta baja.
- Materiales de Construcción.
- Vehículos relacionados con obras: Grupos electrógenos, camiones cuba, carga y/o descarga de materiales de construcción, etc...
- Marquesina de protección en trabajos realizados desde el interior del edificio (Ejem. sustitución de carpintería exterior).
- Vallados de obra.
- Otras ocupaciones relacionadas con obras.
Si la ocupación de vía pública precisase de corte del tráfico en el víal, el interesado deberá tramitar la solicitud la correspondiente a corte de calle.
2. Requisitos:
- Ser interesado en el procedimiento.
- Acreditar las circunstancias a las que se refiere la solicitud.
3. Documentación que hay que aportar:
- Solicitud de Ocupación de la vía pública.
- Copia del documento que identifique al solicitante y a su representante, en su caso, incluyendo la acreditación de tal capacidad.
- Plano o croquis de planta viaria y situación de la OVP solicitada, acotando acera y calzada y longitud y anchura de la ocupación solicitada con indicación de su superficie.
- Autoliquidación y Justificante del pago de la tasa de ocupación de vía pública.
4. Tasas o precios públicos:
Tasa por ocupación del suelo, vuelo y subsuelo de la vía pública.
5. Formas de pago:
Por autoliquidación mediante:
- Ingreso efectivo en las oficinas de las entidades bancarias siguientes: Caixa popular, Coop. Cdto. Val., BBVA, Banco de Santander, Ibercaja, Cajamar, Kutxa Bank, Banco Sabadell, Caixabank.
- El pago efectivo en la máquina automática sita en la Casa de la Vila de este municipio.
- El pago online, en la web del Ayuntamiento de Mislata.
6. Normativa:
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas.
- Reglamento de Bienes de las Entidades locales.
- Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación del suelo, vuelo y subsuelo de la vía pública.
- Ordenanza municipal de movilidad.
7. Resolución:
- Órgano que resuelve: Alcaldía.
- Plazo para resolver: Tres meses.
8. Silencio administrativo:
Negativo.
Finalizado el plazo de resolución, sin haberse producido respuesta de la administración la solicitud quedará resuelta de forma negativa para el solicitante.
9. Forma de presentación:
El ciudadano podrá presentar su solicitud en las oficinas de registro del Ayuntamiento o cualquier otra de las previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Horario ordinario, 8 a 14 horas, días hábiles de lunes a viernes. Los días hábiles 18 de marzo y 24 y 31 de diciembre, 9 a 13 horas (excepto sábados, domingos o festivos).
Horario de verano: desde el 1 de junio hasta el 30 de septiembre, los dos incluidos, el horario será de 8 a 13.30 horas, días hábiles de lunes a viernes.
10. Observaciones:
- Este expediente no se aplica a la ocupación que precisa de un corte de calle.
- La Ordenanza Municipal de Movilidad Urbana establece en su artículo 20 punto 4 que, los gastos generados por la retirada de los vehículos que hubieran estacionado con anterioridad a la ubicación de la señalización de la ocupación de la vía pública (señalización realizada según las condiciones de la citada ordenanza), correrán por cuenta de la persona peticionaria de la misma.