1. Objeto del procedimiento
Es objeto de la presente convocatoria la constitución y funcionamiento de una bolsa de trabajo temporal de arquitecto/a técnico, grupo A, subgrupo A2, escala Administración Especial, mediante el sistema de concurso-oposición libre con las pruebas, puntuaciones y requisitos que constan en la misma, garantizándose en todo caso el cumplimiento de los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
2. Documentación a aportar
- Solicitud donde debe constar que se reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria, referidos a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias, y se indicarán, de entre los siguientes, al menos dos medios por los que desee recibir los avisos: telemáticamente, teléfono móvil, teléfono fijo, correo electrónico o mensaje de móvil-SMS.
- Hoja de autobaremación, que incluirá la relación méritos alegados, así como los documentos acreditativos de los mismos.
- Documento justificativo de haber ingresado la tasa por derechos de examen, (GRUPO A2- 25 €) o en su caso, documentación acreditativa de tener derecho a reducción del 80 % conforme a la modificación de la ordenanza reguladora de la tasa por la prestación de servicio de derechos de examen publicada en el BOP nº 34, de 16/02/2024
- Titulación académica requerida para el puesto.
- Relación individualizada de los méritos a puntuar de acuerdo con lo establecido en las bases de la convocatoria.
3. Normativa
La presente convocatoria se regirá, además de por lo previsto en las bases, por la siguiente normativa:
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
- Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
- Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la administración local.
- Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Consell del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento de Selección, Provisión de Puestos de Trabajo y movilidad del personal de la función pública valenciana.
- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP).
- Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana. Decreto Ley 12/2022, de 23 de septiembre, del Consell, por el que se modifica la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la Función Pública Valenciana.
- Ley 8/2010, de 23 de junio, de Régimen Local de la Comunitat Valenciana.
- Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del sector público.
- Las restantes disposiciones legales y reglamentarias aplicables.
En lo que no se encuentre previsto en las presentes bases específicas y en la normativa expuesta, le será de aplicación las Bases Generales que han de regir la convocatoria de pruebas selectivas para el nombramiento o contratación de personal funcionario interino o laboral temporal mediante la constitución de bolsas de empleo temporal (B.O.P. nº 56 de fecha 24 de marzo de 2021 y su modificación de 26 de enero de 2023 B.O.P. nº 31 de fecha 14 de febrero de 2023).
4. Resolución.
Finalizado el plazo de presentación de instancias, por Resolución de Alcaldía se aprobará la lista provisional de personas admitidas y excluidas, que se publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Corporación y en la página web del Ayuntamiento de Mislata (www.mislata.es), concediéndose un plazo de diez días naturales para subsanación de defectos.
5. Forma de presentación.
Las instancias solicitando tomar parte en la convocatoria se dirigirán a la atención de la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Mislata, en instancia-modelo que estará disponible como trámite en la sede electrónica municipal, presentándose en el Registro General de Entrada de éste o según lo previsto en el art.16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La solicitud de participación en las pruebas selectivas se presentará en el plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia.