1. Objeto del procedimiento:
Devolución de ingresos indebidos.
2. Documentación a aportar:
- Justificante del pago realizado.
- Certificado de titularidad bancaria
3. Normativa:
- Ley general tributaria. Artículo 221.
4. Resolución:
La presente solicitud inicia el procedimiento administrativo, que deberá resolverse en el plazo máximo de 6 meses.
5. Silencio administrativo:
Caso de transcurrir el plazo de 6 meses sin que le sea notificada la Resolución, se producirá la desestimación por silencio administrativo negativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 19.3 del Real Decreto 520/2005 por el que se aprueba el Reglamento general de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa.
6. Forma de presentación:
Se podrá presentar en el trámite correspondiente en la sede electrónica del Ayuntamiento de Mislata, https://mislata.sedipualba.es intermediando el uso de certificado digital.
O bien de forma presencial en el Centro Cultural Carmen Alborch de Mislata, Av. Gregorio Gea 34, previa cita (del centro cultural) mediante la dirección web: https://www.mislata.es/administracio/cita-previa o bien mediante los teléfonos 673 00 32 21 // 671 01 11 78.
Para trámites no relacionados con el Centro Cultural, pedir cita en OAC en la web https://www.mislata.es/administracio/cita-previa