Solicitud de domiciliación o cambio de cuenta de recibos en entidades bancarias y cajas de ahorros
Cuerpo
1. Objeto del procedimiento
Domiciliación de Tributos Periódicos por Padrón.
2. Tipo de tributo
- Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBIU)
- Impuesto sobre inmuebles rústicos (IBIUR)
- Impuesto de Vehículos de tracción Mecánica ( IVTM)
- Vados
- Tasa Anuncios Vía Pública.
3. Documentación
Certificado de titularidad de la cuenta corriente. En caso de no ser titular, documento de identificación de la persona titular y su autorización para la domiciliación.
4. Formas de pago
- Domiciliación en cuenta corriente: 4 de julio. - Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBIU)
- Domiciliación en cuenta corriente: 25 de octubre:
- Impuesto de Vehículos de tracción Mecánica ( IVTM).
- Tasa Anuncios Vía Pública.
- Impuesto sobre inmuebles rústicos (IBIUR).
- Domiciliación en cuenta corriente: 5 de marzo- Vados
5. Normativa
- Ley General Tributaria
- Reglamento General de Recaudación
6. Plazo de solicitudes
- Las solicitudes deberán presentarse con una antelación de dos meses al inicio del periodo de recaudación voluntaria. Ver Calendario fiscal
En caso contrario surtirá efectos para el ejercicio siguiente.
La presente domiciliación de recibo tendrá una validez por tiempo indefinido, mientras no sean anuladas por la persona interesada, rechazada por la entidad de crédito o exista modificación del nombre de la persona titular del valor a cobrar. - El impago del primer plazo o siguientes se anulará el aplazamiento concedido y producirá el inicio del periodo ejecutivo cuando termine el plazo de pago en voluntaria. En caso del impago de un plazo el inicio del cómputo de los intereses de demora se producirá al día siguiente de este cargo domiciliado del pago.
7. Forma de presentación
- Online, a través de la sede electrónica municipal.
- Presencial, mediante cita previa en la OAC https://www.mislata.es/administracio/cita-previa