Plazo de presentación de solicitudes: del 6 de marzo al 5 de abril de 2024
OBJETO
Es objeto de la presente convocatoria la concesión, mediante régimen de concurrencia no competitiva, a las personas que cumplan los requisitos económicos que se fijan anualmente en la convocatoria de ayudas, de un título de transporte expedido por Ferrocarriles de la Generalidad Valenciana (FGV) para desplazarse por las zonas AB+ del metro con una duración de un año.
La concesión de la ayuda de transporte público, así como las tarjetas que sirven de soporte magnético a las citadas ayudas tendrán una validez de un año desde su activación. La persona beneficiaria deberá custodiar dicho soporte ante posibles renovaciones. El Ayuntamiento de Mislata no se responsabilizará del deterioro, pérdida o extravío de la tarjeta.
Las bases reguladoras de la presente convocatorias se encuentran recogidas en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Mislata, publicada en el BOP de 21 de julio de 2016.
PERSONAS BENEFICIARIAS
Serán beneficiarios/as de esta ayuda, las personas empadronadas y con residencia efectiva en el municipio, que cumplan alguno de los siguientes criterios:
- Con edad igual o superior a 65 años.
- Con un grado de discapacidad reconocido igual a un 64% o superior.
Atendiendo a la naturaleza de las ayudas objeto de esta convocatoria y a la finalidad dirigida que es favorecer la convivencia y ayudar a la inclusión de las personas mayores o con diversidad funcional reconocida igual o superior al 64% del municipio, se establece la excepción del cumplimiento de las condiciones de las personas beneficiarias que establece el art. 13,2 de la Ley General de Subvenciones.
Lugar y forma de presentación
Presencialmente: Las solicitudes acompañadas de la documentación preceptiva se presentarán previa cita:
- Registros Centros Municipales de Servicios Sociales.
- Registro General de Entrada del Ayuntamiento de Mislata.
También, podrán presentarse en cualquier registro u oficinas determinadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Tramitación electrónica (Con certificado digital, Cl@ve PIN o cuenta de correo electrónico, en los dos últimos casos, deberá firmar en el Registro municipal con posterioridad en un término máximo de 10 días naturales): En cumplimiento de lo previsto en el artículo 12 del Decreto 220/2014, de 12 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Administración Electrónica de la Comunitat Valenciana, las solicitudes se deberán presentar por vía telemática, mediante la firma electrónica propia de la entidad solicitante o de la persona que la represente. La solicitud telemática estará accesible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Mislata, https://mislata.sedipualba.es/, a través del trámite solicitud de participación.
Plazo de solicitudes:
Plazo de presentación de solicitudes: del 6 de marzo al 5 de abril de 2024.
Más información en las bases reguladoras y documentación de la convocatoria