Plazo de presentación de solicitudes: del 21 de marzo al 15 de noviembre de 2024, excepto las que especifican fechas concretas
Ayudas de necesidad social
1. Acceso y mantenimiento de la vivienda habitual:
a) Entrada vivienda de alquiler.
b) Desahucio vivienda de alquiler.
2. Protección de suministros.
Ayudas económicas dirigida al pago de recibos de energía eléctrica, agua y/o gas, cuando se reciba una notificación de aviso de corte.
3. Gastos destinados a cubrir necesidades básicas familiares.
a) Ayudas extraordinarias de emergencia social.
b) Ayudas manutención infantil.
c) Ayuda Económica Familiar (AEF).
d) Becas de campamento de verano.
e) Ayudas a familias con niños/as acogidos/as.
4. Gastos excepcionales.
a) Gafas.
b) Audífonos.
c) Ayudas para la inclusión:
- Temporales para desplazamientos, becas de comedor y escuelas infantiles.
- Para desplazamientos.
- Transporte para personas usuarias del centro Ocupacional Municipal (COM).
- Ayudas económicas para transporte público para personas con grado de discapacidad y movilidad reducida.
- Actividades de ocio y tiempo libre para personas con discapacidad.
- Programa Infancia Activa (PIA).
- Exenciones.
Prestaciones y servicios municipales
1. Tarjeta de estacionamiento para vehículos que transportan personas con movilidad reducida.
2. Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD).
3. Ayuda solidaria.
4. Convenio para el cumplimiento de las penas de trabajo en beneficio de la comunidad.
5. Escuela Comedor periodos vacacionales.
6. Menjar a Casa.
7. Servicio de geolocalización.
PLAZO Y LUGAR DE SOLICITUD
1.- Lugar y forma de presentación:
PRESENCIALMENTE: La persona interesada podrá presentar la solicitud acompañada de la documentación preceptiva, PREVIA CITA, en:
- Registros de los Centros Municipales de Servicios Sociales.
- Registro General de Entrada del Ayuntamiento.
También, podrán presentarse en cualquier registro u oficinas determinadas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. En estos casos deberán comunicase.
TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA: (Con certificado digital, Cl@ve PIN o cuenta de correo electrónico, en los dos últimos casos, deberá firmar en el Registro municipal con posterioridad en un término máximo de 10 días naturales): Para la presentación de las solicitudes, y en cumplimiento del artículo 14 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas físicas podrán elegir en todo momento la presentación de las solicitudes por medios electrónicos o no.
La solicitud telemática estará accesible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Mislata, https://mislata.sedipualba.es/
2.- Plazo de solicitudes:
El plazo de solicitudes se iniciará el 21 de marzo y finalizará el día 15 de noviembre de 2024, excepto aquellas en que se especifiquen fechas concretas.
Las solicitudes registradas con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de las presentes convocatoria se valorarán y, en su caso, aprobarán o denegarán por criterio técnico y con efectos retroactivos a fecha 1 de enero de 2024
Más información en las bases reguladoras y documentación de la convocatoria.