OBJETO DE LAS SUBVENCIONES:
Son objeto de las subvenciones a conceder por el departamento municipal de deportes:
1. Proyecto de iniciación técnico deportiva a través de una Escuela Deportiva.
2. Deporte Federado.
3. Organización de eventos deportivos extraordinarios.
4. Organización y colaboración en actividades de carácter popular.
6. Aquellas entidades deportivas que colaboren en proyectos de inserción de jóvenes por falta de recursos económicos, y que concedan la exención del pago de las cuotas sociales a los mismos.
7. Desplazamientos a competiciones oficiales.
8. Cualquier otra circunstancia que el Ayuntamiento de Mislata considere de especial relevancia.
Partiendo del citado objeto se diferenciarán dos módulos:
1.- Por programas de actividades deportivas de las entidades de la localidad.
2.- Por organización de pruebas deportivas populares.
SOLICITANTES:
Podrán optar a estas subvenciones las asociaciones que cumplan los siguientes requisitos:
1.- Las entidades vinculadas al departamento de deportes del área municipal de Cultura, domiciliadas en Mislata. Todas ellas deberán estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro del Ayuntamiento de Mislata y en el Registro de Asociaciones de la Generalitat Valenciana.
2.- Su inscripción en el registro del Ayuntamiento de Mislata deberá tener un año de antigüedad, debiendo acreditar su solvencia deportiva mediante la documentación relevante al efecto. (Participación en competiciones oficiales, organización de eventos deportivos de carácter provincial o superior, realización de escuelas deportivas de su modalidad en los centros educativos de Mislata), y al menos 3 años para la realización de actividades populares extraordinarias, relacionadas en el apartado 8.8.10 (baremo de puntuación), debiendo acreditarlo con las memorias de las actividades realizadas durante los 3 últimos años).
3.- Podrán obtener la condición de beneficiario las entidades en quienes no concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley General de Subvenciones.
EXCLUSIONES:
Quedarán excluidos de subvención los siguientes tipos de actividades:
• Actividades con ánimo de lucro.
• Actividades que ya se encuentren contempladas en la oferta municipal de cada uno de los departamentos del área de cultura.
• Actividades que promuevan o justifiquen cualquier forma de discriminación por motivos de raza, sexo, religión, o cualquier otra que atente contra los derechos fundamentales de la persona.
• Actividades que no se encuentren dentro del ámbito específico de actuación de la Concejalía de Deportes.
• Celebraciones de tipo gastronómico y carácter interno (comidas, cenas, etc...)
* Más información, requisitos y solicitudes de inscripción en las bases de la convocatoria.