El objeto de la presente convocatoria es la concesión de 30 becas de prácticas formativas destinadas a postgraduados titulados (grado, diplomado, máster, licenciado o doctor) y ciclos formativos de grado superior, a realizar en alguna de las dependencias de este Ayuntamiento, pertenecientes a las áreas de actividad que a continuación se detallan, para facilitar el acceso al mercado laboral y favorecer su desarrollo socio-profesional, debiendo cumplir todos y cada uno de los requisitos indicados en esta convocatoria.
Áreas de actividad:
- Vivienda y urbanismo.
- Bienestar comunitario.
- Medio ambiente.
- Servicios sociales y promoción social.
- Fomento del empleo.
- Cultura.
- Deporte.
- Industria y energía.
- Comercio, turismo y pymes.
- Transporte público.
- Infraestructuras.
- Investigación, desarrollo e innovación.
- Administración general, atención a los ciudadanos e información básica y estadística.
- Administración financiera y tributaria.
La duración máxima de las becas será de tres meses, con una jornada laboral a tiempo parcial equivalente al 70%.
Cada una de las becas está dotada con un importe de 600 euros brutos mensuales a abonar en períodos vencidos, siendo financiadas íntegramente por el Ayuntamiento de Mislata.
REQUISITOS:
Las becas objeto de esta convocatoria se adjudicarán mediante concurrencia competitiva entre las personas aspirantes a las mismas, que reúnan los siguientes requisitos, con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes y lo acrediten documentalmente:
1.- Estar empadronado en Mislata, con una antigüedad de al menos dos años, a la fecha de fin presentación de solicitudes.
2.- Edad: De 18 a 30 años, ambas edades incluidas.
3.- Estar en posesión de título oficial universitario de diplomado, licenciado, grado, máster, doctor o ciclo formativo de grado superior, expedidos u homologados por las autoridades españolas correspondientes, que habilite a la realización de actividades profesionales en alguna de las áreas de actividad incluidas en el Plan y que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización de los estudios correspondientes. Dicho plazo se interrumpirá si la persona candidata se encuentra realizando algún curso de postgrado, doctorado o máster vinculado a las especialidad objeto de la beca (en caso de duda será la Comisión de valoración quien determine la idoneidad de la persona candidata).
4.- No concurrir en ninguna circunstancia que impida al interesado el normal desempeño de las prácticas profesionales, padecer enfermedad o discapacidad que impida el cumplimiento de las obligaciones inherentes a la concesión y el normal desarrollo de las prácticas profesionales.
5.- No encontrarse incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, lo que se acreditará mediante declaración responsable o a través de cualquiera de los medios establecidos en el artículo 13.7 de dicha Ley y artículos concordantes de su Reglamento.
6.- No estar disfrutando de otra beca o ayuda de la misma o análoga finalidad, así como no desarrollar una actividad laboral durante el periodo de disfrute de la beca, lo que se acreditará mediante declaración responsable en la solicitud de inscripción en el programa de prácticas.
LISTADO DE BAREMACIÓN DEFINITIVA PLAN SOCIAL DE FORMACIÓN 2018 PARA JÓVENES POSTGRADUADOS DE EDUCACIÓN SUPERIOR DE MISLATA
Reunida en fecha 4 de Mayo del actual, la Comisión de Valoración del Plan Social de Formación del Ayuntamiento de Mislata 2018, para la concesión de 30 becas de prácticas formativas destinadas a jóvenes postgraduados de educación superior de Mislata, una vez transcurrido el plazo de reclamaciones del listado de baremación provisional, establecido en la Base Sexta de las reguladoras de esa convocatoria y desestimada que ha sido la única reclamación presentada con Registro de Entradas de su solicitud de beca nº 8327; se procede a publicar el LISTADO DE BAREMACIÓN DEFINITIVA de aspirantes seleccionados y reservas del Plan Social de Formación de Mislata 2018, siendo el periodo de disfrute en dos turnos de 15 becas cada uno, según el siguiente detalle:
- Primer turno: del 15 de mayo al 14 de agosto de 2018
- Segundo turno: del 1 de septiembre al 30 de noviembre de 2018
Teniendo en cuenta que la designación de los turnos será por riguroso orden de puntuación (de mayor a menor) y que únicamente podrá variar la designación realizada, cuando sea posible coordinar las solicitudes de cambios de turno efectuadas por los becarios, en su caso, que se concederán asimismo por orden de puntos.
Debiendo para ello personarse los -30- aspirantes seleccionados, beneficiarios de estas becas, en la Agencia de Desarrollo Local de este Ayuntamiento, situada en la C/ Antonio Aparisi núms. 4-6 de Mislata, durante los días 7 y 8 de Mayo del actual, en horario de 8:30 a 14 h., para presentar la siguiente documentación (modelos adjuntos):
- Aceptación beca y disponibilidad, con indicación de turno de preferencia
- Ficha de datos personales
- Modelo 145 (IRPF)
- Fotocopia D.N.I. y número de afiliación a la Seguridad Social (como titular no como beneficiario)