Plazo de presentación de solicitudes: desde el 11 al 20 de abril de 2018. BOP 10-04-2018 extracto de la convocatoria.
Podrán optar a estas subvenciones las asociaciones juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud cuya sede social y ámbito de actuación tenga lugar en Mislata. Todas ellas deberán estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro del Ayuntamiento de Mislata y en el Registro de Asociaciones de la Generalitat Valenciana.
Se considera objeto de esta convocatoria:
A) Favorecer el asociacionismo juvenil como elemento dinamizador de la participación social de la juventud.
B) Favorecer el desarrollo de programas y/o actividades promovidas por las asociaciones juveniles cuyos objetivos se correspondan con:
1. El fomento de la formación, creación, promoción y difusión cultural en todas sus manifestaciones y formas que tiendan a satisfacer las necesidades y aspiraciones culturales de los y las jóvenes de Mislata.
2.- La emancipación de la juventud.
3.- La planificación de actividades de animación juvenil (ocio y de tiempo libre).
4.- La planificación de actividades de información y asesoramiento a jóvenes.
5.- La edición de revistas juveniles.
6.- La elaboración y/o edición de estudios relacionados con diferentes aspectos del ámbito juvenil.
7.- La planificación de programas de voluntariado juvenil.
8.- La realización de actividades que fomenten la igualdad y la inclusión entre la juventud residente en Mislata, así como la sensibilización y la interculturalidad.
9.- La colaboración en el desarrollo de actividades y proyectos que complementen las promovidas por el Ayuntamiento de Mislata.
10.- Cualquier otra circunstancia que la Concejalía de Juventud del Ayuntamiento de Mislata considere de especial relevancia.
La presentación de solicitudes junto con los documentos requeridos en las BASES, se realizará preferentemente en los Centres Joves de Mislata: Centre Jove del Mercat (C/ Major, 36), y el Centre Jove Túria (C/ Túria 13), en el Registro de Entrada del Ayuntamiento y en cualquiera de los registros establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Más información y requisitos en el archivo de las bases de la convocatoria.