Decreto de Alcaldía 1084/2019 Listados definitivos de beneficiarios y reservas
Objetivos y área de actividad
Los objetivos del Plan Social de Empleo del Ayuntamiento de Mislata, son los siguientes:
- Mejorar la empleabilidad y la inclusión social de personas en riesgo de exclusión social.
- Insertar o reinsertar en el mercado laboral a personas de colectivos vulnerables.
- Crear una bolsa de trabajadores en el Ayuntamiento, que permita cubrir las necesidades del municipio y la prestación de servicios a los vecinos, especialmente en el área de mantenimiento de equipamientos, edificios o instalaciones municipales, así como para la prestación de servicios propios de las actividades de la empresa pública municipal NEMASA.
Características del empleo, número y distribución de los puestos
Características del empleo:
Tipo de contrato: Temporal.
Duración máxima: 3 meses.
Jornada laboral máxima: 60%.
Categorías laborales:
- Peón.
- Auxiliar Administrativo.
Número estimado de contratos a suscribir: 50
Distribución: El total de puestos de empleo se distribuirá según los siguientes rangos:
- De 16 a 29 años .........................................................25 % (12 puestos)
- De 30 a 45 años .........................................................30 % (15 puestos)
- Mayores de 45 años .................................................40 % (20 puestos)
- Con certificado de discapacidad ...............................5 %(3 puestos)
Requisitos
1.- Estar empadronado en Mislata, antes del 1 de marzo de 2017.
2.- Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa
3.- Tener la nacionalidad española, o documento válido para trabajar en España.
4.- Estar desempleado e inscrito en la oficina SERVEF.
5.- Poseer la capacidad funcional e intelectual para el desempeño de las tareas.
6.- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a desempeñar como personal laboral. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
7.- Para acreditar el cumplimiento de los requisitos, se mostrará original y se entregará copia de la documentación justificativa.
Plazo y lugar de presentación de solicitudes, documentación a aportar junto a las mismas y plazo de subsanación.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia.
Lugar de presentación de solicitudes. - Las solicitudes deberán presentarse, de lunes a viernes, preferentemente en el Registro Auxiliar de la Agencia de Desarrollo Local (C/ Antonio Aparisi, 4 y 6) de 8:30 a 14 h. Igualmente se podrán presentar, en el mismo horario, en el Registro General del Ayuntamiento de Mislata.
En el caso de no presentar la solicitud en ninguno de los registros mencionados, es imprescindible que el o la solicitante envíe el mismo día o dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes, un mail a adl@mislata.es adjuntando la copia registrada con la fecha y modo de remisión de la documentación exigida, así como toda la documentación a presentar, escaneada. El incumplimiento de este requisito será motivo de exclusión y no valoración de los méritos.
Las solicitudes recibidas fuera de plazo o por otros medios distintos en los previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, serán rechazadas.
Documentación. A las solicitudes deberán acompañarse los justificantes de los requisitos enumerados en la Base Tercera y del Baremo que se indican en la Base Quinta.
Plazo de subsanación: Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Comisión de Valoración elaborará la lista de admitidos y excluidos, teniendo en cuenta los requisitos exigidos para formar parte de esta convocatoria; concediéndose un plazo de 3 días hábiles, a contar a partir del siguiente al de su publicación en los Tablones de Anuncios del ADL y Ayuntamiento, así como en la página web, para la
subsanación de la misma y aportación de la documentación obligatoria, haciendo constar que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.
Plazo para subsanar y aportar documentación obligatoria: del 4 al 8 de abril de 2019.
Los listados provisionales de admitidos y excluidos NO SON LISTADOS DE BENEFICIARIOS, cuya publicación queda pendiente del transcurso del plazo para subsanar y aportar documentación obligatoria, así como de la valoración de las circunstancias personales de todos y cada uno de los aspirantes admitidos, con arreglo al baremo social establecido en las respectivas Bases Reguladoras.
Listados definitivos de solicitudes admitidas y excluidas. Listado provisional de baremación. Plazo de reclamaciones: del 16 al 18 de abril de 2019 (3 días hábiles).
NO SE TRATA DE LISTADO DE BENEFICIARIOS, cuya publicación queda pendiente del transcurso de este plazo, así como de la resolución de las reclamaciones presentadas dentro del plazo establecido para ello, si las hubiera.
ADVERTENCIA: hay que tener en cuenta que según las bases reguladoras de la convocatoria, la concurrencia competitiva entre aspirantes no se establece a nivel global, sino entre grupos de edad. Por tanto, la presente baremación no sirve de orientación para determinar las personas adjudicatarias. Dicho listado se publicará una vez finalizado el plazo de alegaciones.
Más información en las bases y documentación de la convocatoria