Resolución 4140/2019 sobre concesión de subvenciones
Plazo de presentación de solicitudes: del 4 al 25 de octubre.
Podrán optar a estas subvenciones las asociaciones de mujeres si la sede social de las cuales y ámbito de actuación tiene lugar en Mislata. Todas ellas tendrán que estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro General de Asociaciones del Ayuntamiento de Mislata y en el Registro de Asociaciones de la Generalitat Valenciana, además tampoco se tiene que estar incurso en ninguno de las prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, salvo que por la naturaleza de la subvención se exceptúo por su normativa reguladora, y se tiene que estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y si procede, del pago de obligaciones de reintegro de subvenciones.
La documentación solicitada deberá ser presentada en el Registro de Entrada del Ayuntamiento de Mislata, situado en la plaza Constitución o en el Registro Auxiliar del Centro Cultural, situado en la avda. Gregorio Gea, 34, o en cualquiera de los registros establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El plazo de presentación será de 15 días a partir de la publicación hábiles del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia.
El incumplimiento del plazo establecido para la presentación de las solicitudes determinará automáticamente la exclusión de la solicitud por presentación extemporánea.
Más información y requisitos en la documentación de la convocatoria.