1. EL OBJETO DEL PROCEDIMIENTO
La presente solicitud tiene por objeto regular, en régimen de concesión directa, mediante convenio con las asociaciones de mujeres de Mislata para el proceso de concesión de subvenciones para el desarrollo de programas, servicios y actividades en pro de la Igualdad durante el año 2024. tal y como se encuentra dispuesto en la Ley General de Subvenciones 28/2003 del 17 de noviembre, y a la Ordenanza General Reguladora de las Bases de Concesión de las Subvenciones (aprobada inicialmente por acuerdo plenario en sesión del 26 de mayo del 2016).
2. QUIÉN PUEDE SOLICITARLO
Asociaciones de mujeres cuya sede social y su ámbito de actuación tenga lugar en Mislata. Todas ellas deberán estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro del Ayuntamiento de Mislata y en el Registro de Asociaciones de la Generalitat Valenciana y que tengan aprobado la realización del presente convenio en el presupuesto aprobado por el Ayuntamiento de Mislata para el ejercicio 2024, existiendo consignación presupuestaria a favor de las citadas entidades.
3. REQUISITOS
Desarrollo de un proyecto anual de programas y actividades encaminado al fomento de la Igualdad, de oportunidades entre mujeres y hombres, fortalecimiento del asociacionismo de mujeres.
4. DOCUMENTACIÓN QUE HAY QUE APORTAR
- Solicitud de subvención firmada electrónicamente.
- Declaración responsable firmada electrónicamente (Anexo I).
- Autorización para recabar los datos de las Seguridad Social, AET y la Hacienda Local. (Anexo II).
- Memoria del proyecto para el que se solicita el convenio.
5. NORMATIVA
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 28/2003 del 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Ley 14/2008 de 18 de noviembre, de asociaciones de la Comunidad Valenciana
- Reglamento de Administración Electrónica de la Comunidad Valenciana, de 12 de diciembre (Decreto 220/2014)
- Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Mislata aprobada inicialmente por acuerdo plenario en sesión del 26 de mayo del 2016.
- Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Mislata 2023-2024, con las actualizaciones correspondientes a la adaptación y aprobación del PES en coherencia con el presupuesto del ejercicio 2024.
6. RESOLUCIÓN Y SILENCIO ADMINISTRATIVO.
Plazos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
7. FORMA DE PRESENTACIÓN
En línea: se podrá presentar en el trámite correspondiente en la sede electrónica municipal https://mislata.sedipualba.es intermediando el uso de certificado digital de la asociación.
8. REQUISITOS DE LA INSTANCIA
La instancia deberá ser firmada
Permite entidades que sean personas jurídicas