1. El objeto del procedimiento
Para la ejecución de obras que lleven implícita el cambio de uso de un inmueble.
2. Tasas o precios públicos
El pago se realizará mediante autoliquidación en línea, en los siguientes enlaces:
En este mismo enlace se podrá realizar el pago mediante tarjeta bancaria.
En caso de querer realizar el pago en efectivo:
- Oficinas de las entidades Bancarias siguientes: Caixa popular Coop. Cdto. Val., BBVA, Banco de Santander, Eurocajarural, Ibercaja, Cajamar, Kutxa Bank, Banco Sabadell, Caixabank y Bankia.
- Máquina automática sita en la Casa de la Vila de este municipio.
Las personas físicas podrán solicitar autoliquidaciones asistidas generadas por esta administración, para lo cual deberán cita previa en la Oficina de Atención a la Ciudadanía (OAC), y personarse en ella para que se generen las mismas.
3. Documentación que hay que aportar
- Solicitud.
- Copia de la autoliquidación realizada y acreditación del pago de la tasa.
- Copia de la autoliquidación realizada y acreditación del pago del ICIO.
- Identificación del director de las obras, mediante escrito de asunción de la dirección de obra firmado por el técnico.
- Identificación de la empresa constructora aportando IAE que corresponda.
- Proyecto básico, suscrito por técnico competente que incluya los documentos preceptivos de acuerdo a la normativa aplicable, visado por el colegio oficial correspondiente. En el caso que no esté visado deberá aportarse certificado de colegiación.
- Estudio o estudio básico de Seguridad y Salud, según proceda.
- Estudio de Gestión de Residuos de la construcción y demolición.
- Hoja de Estadística de edificación y vivienda que puede encontrar en el siguiente enlace: https://www.mitma.gob.es/...
- En su caso, documento autorizando a la representación.
- Acreditación que el local no está afectado a reserva obligatoria alguna (ejem.: descripción declaración de obra nueva; nota simple del Registro de la Propiedad…).
4. Normativa
- Ley 3/2004, de 30 de junio, de Ordenación y Fomento de la calidad de la Edificación.
- Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell de aprobación del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje.
- Normas y Ordenanzas del Plan General de Ordenación Urbana de Mislata.
- Ordenanza Fiscal sobre exacciones de las tasas por otorgamiento de licencias urbanísticas.
- Ordenanza Fiscal municipal sobre construcciones, instalaciones y obras.
5. Forma de presentación
Online
Se podrá realizar la tramitación por la sede electrónica.
Presencial
El/la ciudadano/a podrá presentar su solicitud en las oficinas de registro del Ayuntamiento o cualquier otra de las previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, pidiendo siempre cita previa.
Será necesario pedir cita previa